El Frente de Sindicatos Unidos estimó en 3.065.161 pesos el ingreso mensual necesario para alimentación, vivienda, educación, salud, vestimenta, transporte, esparcimiento, vacaciones y previsión social. El cálculo toma como referencia la definición legal del salario mínimo vital y móvil. El monto oficial fijado por el Gobierno para julio fue de 372.400 pesos. La brecha entre ambos valores supera ocho veces el salario mínimo.**
El salario mínimo oficial y el ingreso necesario para sostener las condiciones de vida que la legislación argentina considera básicas transitan por caminos cada vez más alejados. Un cálculo elaborado por el Frente de Sindicatos Unidos (FreSU) ubicó en 3.065.161 pesos el ingreso mensual que necesitó en julio un trabajador para cubrir las necesidades contempladas por la definición legal del salario mínimo vital y móvil.
El cálculo sindical toma nueve componentes: alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestimenta, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y previsión social. Esas necesidades aparecen expresamente en la Ley de Contrato de Trabajo cuando define qué debe garantizar el salario mínimo vital.
El monto contrasta con los 372.400 pesos establecidos oficialmente como Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVyM) para julio de 2026. La cifra fue fijada por la Resolución 9/2025 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Desde agosto el mínimo pasó a 376.600 pesos.
La comparación permite dimensionar la brecha: los 3.065.161 pesos calculados por el Fresu equivalen a 8,23 salarios mínimos oficiales de julio.
La diferencia adquiere relevancia porque el salario mínimo no constituye solamente un piso administrativo para las remuneraciones. La Constitución Nacional establece en su artículo 14 bis el derecho al salario mínimo vital y móvil, mientras que la Ley de Contrato de Trabajo define ese ingreso como la menor remuneración que debe percibir un trabajador sin cargas de familia durante una jornada legal completa para asegurar las necesidades esenciales.
La propia Ley de Empleo establece que el salario mínimo debe determinarse teniendo en cuenta la situación socioeconómica y los objetivos del instituto, dentro del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, donde participan trabajadores, empleadores y el Estado.
Qué incluye el cálculo de los sindicatos
El FreSU distribuyó los 3.065.161 pesos de julio entre los distintos componentes de su índice. Alimentación adecuada representó 653.231 pesos; vivienda digna, 609.613; educación, 279.529; vestimenta, 146.631; salud, 373.934; transporte, esparcimiento y vacaciones, 665.055; y previsión social, 337.168 pesos.
La suma reproduce el monto total calculado por el frente sindical.
Hay una diferencia metodológica central con la medición del INDEC. La Canasta Básica Total (CBT) del organismo estadístico determina el valor de un conjunto de bienes y servicios necesarios para superar la línea de pobreza y se utiliza para evaluar la situación de hogares determinados. El salario mínimo vital y móvil, en cambio, está definido legalmente como una remuneración individual para un trabajador sin cargas de familia.
Por esa razón, ambos valores sirven para observar dimensiones distintas del deterioro o recuperación del poder adquisitivo y no deben presentarse como si fueran dos mediciones equivalentes.
La CBT del INDEC se ubicó en torno a 1,56 millones de pesos para el período utilizado como referencia en el informe difundido en estos días, muy por encima del SMVyM. El organismo, además, registra la evolución de los salarios mediante un índice propio que releva los sectores privado registrado, público y privado no registrado.
La inflación volvió a superar el 2%
El reclamo sindical aparece en un escenario en el que la inflación volvió a acelerarse durante julio. El INDEC informó una variación mensual del IPC del 2,1%, frente al 1,9% de junio. Durante los primeros seis meses de 2026 la inflación había acumulado 16,8%; con el resultado de julio, el acumulado anual llegó al 19,3% si se encadenan las variaciones mensuales del año. El dato interanual se ubicó en torno al 33,5% al cierre del primer semestre y continuó bajo presión durante julio.
La evolución de los precios resulta particularmente relevante para los ingresos laborales porque una desaceleración de la inflación no implica, por sí misma, una recuperación del poder adquisitivo. Para que exista una mejora real del salario, los ingresos deben crecer por encima de los precios durante un período sostenido.
El propio INDEC mostró en su último informe disponible sobre salarios que el índice general había aumentado 2,2% mensual y 35,9% interanual en mayo de 2026. El sector privado registrado acumulaba entonces una variación interanual de 28,7%, mientras que el sector público registraba 23,9%.
Ese comportamiento ayuda a explicar la disputa que atraviesa las negociaciones paritarias: el debate dejó de concentrarse únicamente en el porcentaje de aumento nominal y pasó a incluir la discusión sobre qué nivel de ingreso permite sostener efectivamente las condiciones materiales de vida.
El planteo del Fresu frente al salario mínimo
El Frente de Sindicatos Unidos comenzó a publicar su propio cálculo en mayo. La iniciativa reúne a organizaciones sindicales de distintas centrales y busca establecer una referencia alternativa para las negociaciones salariales.
Entre las organizaciones mencionadas dentro de ese espacio aparecen la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), ATE, la Federación Aceitera y Desmotadora, Conadu, Conadu Histórica, Fesprosa, sindicatos aeronáuticos, marítimos, fluviales, molineros, papeleros y viales.
El planteo tiene una consecuencia política y sindical: desplaza la discusión desde el porcentaje de aumento hacia el costo concreto de sostener una vida laboral completa.
La Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines —Aceiteros— constituye hasta ahora uno de los principales ejemplos de esa estrategia. El gremio utiliza como referencia para sus negociaciones la cobertura de las necesidades que la legislación incorpora a la definición del salario mínimo vital y móvil.
El Fresu también sostiene que desde diciembre de 2023 los trabajadores perdieron poder adquisitivo frente a la evolución de los precios. El frente calcula una pérdida superior a 2,8 millones de pesos por trabajador privado y de más de 14,9 millones para cada empleado estatal. Esas cifras corresponden a una estimación sindical propia y deben leerse como parte de su metodología de cálculo, no como una medición oficial del INDEC.
Una discusión que excede al salario mínimo
El problema de fondo aparece en la distancia entre el concepto jurídico del salario mínimo y el monto que efectivamente fija el Estado.
La Constitución garantiza el salario mínimo vital y móvil. La Ley de Contrato de Trabajo establece qué necesidades debe cubrir. La Ley de Empleo dispone que su determinación corresponde al Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Sin embargo, el monto fijado para julio representa apenas una fracción del ingreso que el FreSU considera necesario para cubrir esas nueve necesidades.
La discusión también se desarrolla en un contexto de menor dinamismo de algunos sectores de la economía. El INDEC informó que la industria manufacturera acumulaba una caída de 3,1% entre enero y mayo respecto del mismo período de 2025 y que las ventas en supermercados a precios constantes habían disminuido 2,8% en el acumulado enero-mayo.
El cuadro combina entonces tres variables que condicionan la discusión salarial: inflación todavía elevada en términos mensuales, recuperación desigual de los salarios y actividad económica heterogénea según sectores.
El dato de los 3 millones de pesos funciona así como una referencia sindical para medir la distancia entre el salario mínimo formal y el costo que los gremios atribuyen a una vida considerada digna por la propia legislación argentina.
La discusión que queda abierta es más profunda que la cifra mensual. La pregunta es qué relación debe existir entre el salario mínimo establecido por el Estado, el costo efectivo de las necesidades básicas y la capacidad de la economía para sostener empleos y remuneraciones que permitan cubrirlas.
En julio, según el cálculo del FreSU, esa distancia llegó a 2.692.761 pesos: el ingreso considerado necesario por el frente sindical fue más de ocho veces superior al salario mínimo oficial.










