El Gobierno nacional modificó los requisitos para inscribirse en el Registro del Programa de Cannabis (Reprocann) luego de advertir un “uso indebido y abusivo” de las herramientas que dispone la normativa vigente, según indicó en la Resolución 1780/2025, publicada en el Boletín Oficial este viernes.
De acuerdo con la medida, el Ministerio de Salud busca corregir los “efectos adversos” del sistema vigente para el acceso al cannabis medicinal, en particular “el uso indebido y abusivo” de la figura del “tercero solidario” asignado por un paciente por personas que utilizan el permiso “con fines de comercialización”.
Además, la nueva regulación busca reordenar el “marco normativo relativo a los cultivadores para uso terapéutico” y contemplar “la figura de los proyectos de investigación”, con el objetivo de “afianzar el espíritu social y médico-sanitario” que motivó la sanción de la Ley de Cannabis Medicinal”.
A partir de la derogación de la Resolución Ministerial 3132/2024, que establecía el marco regulatorio para los permisos de cultivo, se establecieron dos categorías: permisos para cultivo destinado a pacientes y aquellos relacionados con proyectos de investigación.
Dentro del primer grupo se establecieron las categorías “paciente que autocultiva, familiar del paciente, terceros autorizados y organizaciones civiles” con permiso expedido por la Autoridad de Aplicación, mientras que en el segundo grupo se incluye a las “personas físicas y jurídicas que presenten proyectos de investigación”.











