Este martes 3 de diciembre, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 5744/2024, mediante el cual el Gobierno aseguró que los repositorios de recetas electrónicas estarán habilitados a partir del 1 de enero de 2025. De esta forma, todas las plataformas de prescripción y farmacias podrán acceder a los repositorios y a las recetas que el paciente requiera.
En el documento, firmado por el ministro de Salud Mario Iván Lugones, declaran que, de esta forma, se busca garantizar las condiciones de funcionamiento del ecosistema de salud digital para implementar Ley N° 27.553 de Recetas Electrónicas.
«Los repositorios de recetas electrónicas o digitales deberán permitir el acceso a las recetas que almacenen por parte de cualquier farmacia del territorio nacional, habilitada por la autoridad sanitaria competente, donde el paciente requiera su dispensa, limitando la consulta únicamente a las recetas cuya dispensa el paciente pretenda en ese acto», indican en la Resolución.
La Subsecretaría de Vigilancia Epidemiológica, Información y Estadísticas de Salud será la encargada de adoptar las medidas necesarias para implementar el repositorio de las recetas electrónicas «que hubieran sido emitidas sin respaldo de cobertura de salud de ninguna obra social, empresa de medicina prepaga o Agente del Sistema de Salud, facultándola para ello».
De acuerdo con el plan de implementación de la receta electrónica, los afectados tienen un plazo hasta el 31 de diciembre para adecuar las plataformas de prescripción de medicamentos inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS). «Para operar, los softwares de recetarios electrónicos y repositorios deberán estar aprobados por el ReNaPDiS», señaló el ministerio de Salud en un comunicado.










